Un juez de Sevilla ha obligado al Ayuntamiento a pagar la ropa a los policías locales que trabajan habitualmente de paisano. Son ya más de ochenta las sentencias que los agentes de la Policía Local han ganado al Consistorio por este concepto. El Ayuntamiento tiene, además, que abonar las costas de los procedimientos judiciales, cada uno de los cuales suele rondar los 300.
En la última sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el juez de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla fija en 720 euros la cantidad anual que el gobierno municipal debe pagar al demandante, que está destinado en la unidad de escoltas de la Policía Local.
Este agente no había percibido el plus por el vestuario desde el año 2009. En su demanda, el policía basaba su petición en un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla de 28 de junio de 2001. Esta resolución fijaba en 100.000 pesetas al año el complemento por vestuario para los escoltas. Esta cantidad se abonaba por semestres dentro de las nóminas, pero dejó de pagarse en 2009. El Ayuntamiento alegó que está expresamente prohibido que los funcionarios públicos locales perciban otras retribuciones distintas de las previstas para el resto de los funcionarios y que, por tanto, su negativa a abonar este plus se ajustaba a derecho.
El juez dice que "hay que reconocer que el nacimiento de la obligación de pago de las cantidades en concepto de vestuario tiene su origen en el reglamento de vestuario aprobado por el Pleno (...), que tiene por objeto la regulación de la uniformidad a utilizar por determinados colectivos municipales". El magistrado añade que "esta norma es de obligado cumplimiento para la administración, por lo que debe abonar el importe solicitado". El juez recuerda que es una "ayuda económica para la adquisición del vestuario que se tiene que llevar por necesidades del servicio" y que no hay obligación por parte del agente de justificar el gasto con facturas.
La sentencia apunta que "se entiende por indemnización especial la compensación que se otorga al funcionario por los daños, perjuicios o gastos extraordinarios que se le ocasionen por razón del servicio encomendado". "No existe norma alguna que exija el aporte de los justificantes de dicho gasto, puesto que ello debería estar recogido en el citado reglamento de vestuario o en las normas que rigen las indemnizaciones por razón de servicio de los empleados públicos", añade la resolución.
El juez actualiza a 720 euros la cantidad que debe percibir el demandante y condena también en costas al Ayuntamiento de Sevilla, que tiene que asumir también los 300 euros del procedimiento. Esto supone que el gasto que está acarreando a las arcas públicas la negativa del Consistorio a pagar los pluses de vestuario superen ya los 24.000 euros, ya que son más de 80 los recursos que los agentes han ganado en los tribunales al Ayuntamiento en los últimos años.
http://www.diariodesevilla.es/artic...as/paisano.html
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