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miércoles, 24 de julio de 2013

Absuelta porque oler a alcohol, tener pupilas dilatadas y habla pastosa no acreditan estar ebrio

UN JUEZ DE PAMPLONA CONCLUYE QUE NO SON SÍNTOMAS SUFICIENTES PARA UNA CONDENA

El Ministerio Fiscal pedía 18 meses de retirada del carné de conducción y el pago de una multa de 2.880 euros



Un juez de Pamplona ha absuelto a una conductora de la capital navarra, que superó la tasa de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en una de las dos alcoholemias a las que fue sometida por la Guardia Civil en Bera, porque los síntomas que apreciaron los agentes en ella, tales como el olor a alcohol, las pupilas dilatadas y el habla pastosa, son "insuficientes", a su juicio, para dar por consumada la comisión del delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

La detención de esta conductora se produjo durante la madrugada del pasado 24 de marzo, cuando fue interceptada en un control aleatorio que llevaban a cabo agentes de la Guardia Civil en la carretera NA-1310, en el término municipal de Bera. Según los hechos declarados probados en la sentencia, los agentes apreciaron que la mujer presentaba "olor a alcohol en el aliento, pupilas dilatadas y habla pastosa", por lo que solicitaron la presencia de una patrulla de atestados para que le efectuara las correspondientes pruebas etilométricas, en las que arrojó los resultados de 0,62 y de 0,56 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, respectivamente.

El Ministerio Fiscal solicitaba por estos hechos una pena de 18 meses de privación del carné de conducir y también el pago de una multa de 2.880 euros como autora de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, mientras que la defensa, ejercida por el abogado pamplonés Francisco Javier Moreno-Vidal solicitaba la absolución al no considerar acreditado el delito.

Así lo ha estimado el magistrado, que niega la consumación del delito por parte de la acusada, contra la que únicamente existían "elementos incriminatorios como el olor de su aliento" y presentar algunos síntomas, en concreto "pupilas dilatadas y habla pastosa, indicativos de que pudiera encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas".

SIN MANIOBRAR IRREGULARMENTE Estos datos, estima el juez, son "insuficientes para acreditar la existencia del delito", ya que "el olor a alcohol en aliento demuestra que se ha ingerido alcohol, pero no la cuantía de la ingesta", mientras que "las pupilas dilatadas y el habla pastosa no son síntomas lo suficientemente contundentes como para demostrar una afectación de las facultades psicofísicas que mermara la capacidad para conducir" de la acusada, "máxime si tenemos en cuenta que iban acompañados de una forma de expresarse correcta y que la acusada no cometió ninguna maniobra irregular al volante", destaca la resolución.

El juez también resalta que "los ojos enrojecidos y la deambulación titubeante a los que hacía referencia el escrito de acusación" no fueron "acreditados por ninguno de los agentes que depusieron en la vista oral, que no dijeron nada de los ojos aparte de la dilatación pupilar" y solo uno de ellos aludió "de forma confusa a algún tambaleo al bajarse del coche", algo que fue contradicho por su compañero, que "negó que la acusada se trastabillara y afirmó que simplemente andaba un poco perdida".

Por todo ello, el magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona acuerda dictar la absolución de la conductora y da traslado de la resolución a la Jefatura Provincial de Tráfico para que se depuren las responsabilidades administrativas pertinentes, al decaer la posible responsabilidad penal.


http://www.guardiacivil.biz/web/absuelta-porque-oler-a-alcohol-tener-pupilas-dilatadas-y-habla-pastosa-no-acreditan-estar-ebrio-vp1854.html#p1854

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