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viernes, 2 de enero de 2015

Militares leoneses llevan a los juzgados el recorte de sus pensiones de jubilación

Efectivos de la Guardia Civil, agentes de la Policía Nacional y pensionistas del Ejército en la provincia de León han decidido sumarse a una iniciativa puesta en marcha desde varias provincias del país por la que emprenderán un procedimiento de carácter contencioso-administrativo para exigir el cobro íntegro de sus pensiones de jubilación, recortadas en su condición de víctimas de atentados terroristas o por haber sufrido daños en actos de servicio.


Los afectados residen también en las provincias de Alicante, Murcia, Oviedo, Valencia, Badajoz, Cádiz, Cantabria, La Coruña, Granada, Huelva, Jaén, Madrid, Málaga, Melilla, Palma De Mallorca, Sevila y Zaragoza.

Tras varios años de trámites en los órganos de la administración del estado y haber obtenido respuestas negativas, acaban de iniciar la vía de los tribunales de justicia, concretamente un contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, donde se ha presentado una demanda colectiva , con más de 120 demandantes, el resto hasta 200 se incorporará más tarde.

Este colectivo de militares, policías y guardias civiles quieren cobrar sus pensiones extraordinarias sin que se les aplique el tope de las LPGE.

La peculiaridad es que en el caso presente, la petición se referiría solo a las pensiones extraordinarias de clases pasivas. La base de la petición es precisamente la especialidad de estas pensiones, equiparables a las de terrorismo.

Están dispuestos a llegar al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Entienden que se han vulnerado sus derechos al limitarse el tope de sus pensiones, según informa el bufete de abogados Osuna. El problema que plantean es exclusivamente referido a las pensiones extraordinarias de retiro o jubilación.

Consideran que son servidores del Estado que padecen una incapacitación acaecida en acto de servicio o como consecuencia del mismo. Por la propia peculiaridad intrínseca de la profesión son más vulnerables a sufrir accidentes o atentados terroristas, y no es justo que sus derechos están siendo restringidos por los poderes públicos, dando lugar al agravio comparativo respecto a sus propios compañeros en circunstancias similares, con la única salvedad de que éstos fueron víctimas de atentados terroristas, existiendo entre sus agraviados, muchas otras víctimas, que sin ser tras atentado terrorista, presentan iguales o mayores daños o secuelas.

1.129 euros

La legislación sobre normas limitativas del crecimiento de pensiones especifica que «la cuantía de las pensiones de clases pasivas, sean únicas o en concurrencia con otras, conforme a lo dispuesto en el no podía exceder de 1.129 euros mensuales, cualquiera que sea el momento del hecho causante».

Las minoraciones de pensiones, que como consecuencia de esta norma sea preciso realizar, se aplicarán, en primer término, a las que tengan el carácter de complementarias, comenzando por las de mayor importe si hubiera varias, y sólo si existiera exceso, después de rebajadas estas, se procederá a disminuir la principal.»

Los militares, policías y guardias civiles consideran que no había justificación para dicho límite, que se estableció sin una base que lo fundamentase, y que fue una medida provisional que se sigue manteniendo.

La medida se ha prolongado, y las Leyes de Presupuestos Generales del Estado establecen anualmente un límite máximo de percepción para las pensiones públicas, que no puede ser superado por la pensión o la suma de las pensiones públicas que perciba un mismo beneficiario, y de este modo, el tope de las pensiones se mantiene desde hace 26 años, si bien actualizado todos los años en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Únicamente están excluidas de la aplicación de dicho límite las pensiones derivadas de actos de terrorismo, así como la prestación complementaria que otorga tanto el mutualismo administrativo (Muface, Mugeju e Isfas), como la Seguridad Social, en concepto de «Gran Invalidez» (50% de la pensión).

La intención del colectivo es «defender la vulneración del derecho fundamental de igualdad en relación con las pensiones de terrorismo, y reclamando el cobro íntegro de las pensiones extraordinarias sin tope, en atención a su peculiaridad.

Es decir, habría que basarse en la vulneración de un derecho fundamental, para reclamar que, aunque dicha medida siga incluyéndose en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, se legisle la excepción (como se hizo con las pensiones de terrorismo). Y, llegado el caso , y recurrir en amparo al Tribunal Constitucional y posteriormente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, según se informa.


http://www.diariodeleon.es/noticias...ion_946489.html

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