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domingo, 24 de abril de 2016

Condenan al excapitán de Tráfico de Soria por falsedad en documento oficia

La Audiencia también condena a la empleada municipal y a su marido por un delito de tráfico de influencias.


CONDENADOS. El tribunal de la Audiencia Provincial impuso ayer penas a los tres acusados en el caso ‘Bonilla’, que explotó en noviembre de 2013. Dos años y medio después se ratifican los hechos que la Unión de Guardias Civiles de Castilla y León elevó al teniente coronel jefe del sector de Tráfico y que comenzaron a partir de una multa de 200 euros impuesta a un vehículo durante el desarrollo de La Saca de 2013.

El excapitán de Tráfico de Soria XXXXXXXXXXXXXXX  ha sido condenado por faltar a la verdad en la elaboración de un certificado que ordenó redactar a un subordinado con el fin de que atribuir la conducción de ese vehículo multado a una empleada del Ayuntamiento de Soria, en lugar de a su marido, que en realidad era el conductor.

La empleada municipal y su marido han sido condenados por tráfico de influencias. La primera por aprovechar la amistad con XXXXXX, a quien telefoneó para que el documento oficial recogiese que conducía ella el vehículo multado el día de La Saca de 2013 y como era parte de la comitiva oficial del Ayuntamiento evitar la sanción, y el segundo por acordar con su mujer el plan de llamar al entonces capitán de Tráfico y evitar el pago de la multa y la detracción de cuatro puntos.

Ayer, los tres acusados pactaron con la Fiscalía las penas tras reconocer estos hechos, si bien la acusación pública modificó las conclusiones preliminares y rebajó las peticiones de las penas.

Así, XXXXXXXXXXXXXX ha sido condenado a una multa de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, que suman 1.080 euros, y a la suspensión de empleo durante seis meses como autor de un delito de falsedad en documento oficial por imprudencia grave.
Seis meses de prisión y multa de 200 euros es la pena impuesta por la Audiencia Provincial a la empleada municipal M.R.S.G. como autora de un delito de tráfico de influencias del artículo 429, que contempla la comisión de la infracción como ciudadana y no haciendo valer su condición profesional.
Idéntica pena se impuso al marido de esta, L.A.R.V., por el mismo delito.
Las respectivas representaciones legales solicitaron al tribunal para ambos la sustitución de las penas de prisión por sendas multas de seis meses a razón de seis euros, que suman en cada uno de los casos 1.080 euros.

Para alcanzar este pacto de conformidad entre el Ministerio Fiscal y los acusados fue necesaria una negociación que se prolongó durante una hora y media. En torno a las 11.00 horas, el presidente del tribunal de la Audiencia Provincial leyó el acuerdo y ratificó las penas y las conclusiones de los hechos.
Así, el 27 de junio de 2013, dos agentes del subsector de Tráfico de la Guardia Civil estaban prestando servicio en el dispositivo especial de la celebración de La Saca. Sobre las 14.29 horas, uno de los agentes denunció a un vehículo A-6 que conducía L.A.R.V., uno de los tres acusados, a la altura del kilómetro 358 de la N-234 por «no respetar las señales de los agentes de la autoridad que regulan la circulación» ya que «se le ordena continuar la marcha, haciendo caso omiso», de manera que se le sanciona por infringir el artículo 143. Con posterioridad a estos hechos, el conductor acordó con su esposa, la también acusada M.R.S.G., auxiliar administrativo en la Unidad de Participación Ciudadana que colabora en la preparación y desarrollo de las fiestas, aprovechar la «relación personal de amistad con el acusado XXXXXXXXXXX», quien en el momento de los hechos ostentaba el cargo de capitán jefe del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil, para ponerse en contacto con este a fin de que le retirara la multa interpuesta a su marido.

Seguidamente, el capitan de tráfico, que se encontraba de vacaciones, dio «las órdenes oportunas al teniente jefe accidental del subsector de Tráfico de Soria para redactar un certificado,en el que a sabiendas de que faltaba a la verdad» pusiera que el que conducía el vehículo no era L.A.R.V. sino su mujer, la también acusada M.R.S.G.

Además en ese certificado, XXXXXXX ordenó a su subordinado que pusiera que el vehículo multado, y que conducía M.R.S.G., formaba parte de la comitivia oficial del Ayuntamiento de Soria con motivo de las fiestas de La Saca, a fin de que no fuera multado. La sanción era de 200 euros, cantidad que se rebajaba a 100 por pronto pago.


http://www.uniongc.org/noticias/not...cumento-oficial

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