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jueves, 3 de mayo de 2018

Condena de 22 años para el Guardia Civil que trató de envenenar a su compañera con matarratas

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestima su recurso y considera probado el "plan homicida" del agente




No lo podía soportar. Ella parecía ser "inmensamente feliz" con su marido y su hijo de tres años y él, también Guardia Civil, decidió entrar en la vivienda de su compañera en la Casa Cuartel de Villajoyosa y verter veneno sobre la comida de la familia. Fue condenado a 22 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato intentados, un delito continuado de allanamiento de morada y otro agravado contra la intimidad por la Audiencia Provincial de Alicante y ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ratificado esa sentencia. Permanece en la cárcel desde julio de 2016.
El movil: la envidia y los celos. No le bastó con colarse en casa de su compañera y ponerle matarratas en la comida. Lo hizo varias veces y lo documentó todo en un archivo de Word que le fue intervenido durante un registro a su domicilio. Se probaba a sí mismo. Probaba su valor para matar. "Llegó el momento de ver si de verdad tengo valor para hacerlo, lo he planificado muchas veces en mi pensamiento pero una cosa es pensarlo y otra atreverse a hacerlo"; "Estoy en un constante sinvivir por su culpa"; "Me corroe la envidia y me ahoga"; "Ella parece ser inmensamente feliz y eso no lo puedo soportar, no me de deja dormir por las noches"; "Lo he intentado en otras ocasiones de forma diferente"; "No he tenido en cuenta los daños colaterales"; "No me ha salido bien, pero un día de estos o me sale bien o me pillan". Son algunas de las frases recogidas en el archivo MI.doc que guardaba en su pendrive. La última vez que lo modificó fue el 3 de junio de 2016 cerca de las once de la mañana, poco antes de volver a esa casa matarratas en mano.
Aprovechaba que la pareja no estaba en su domicilio (conocedor de los horarios de trabajo de su compañera) y empleaba una copia del juego de llaves de la viviendaque, por motivos de seguridad se guarda en el cuartel, para acceder a la misma, campar a sus anchas y envenenar la comida. También se llevó efectos personales de la agente y su cónyuge de carácter privado (bragasun juguete sexualDNIs caducados, pasaportes y un pendrive con fotografías íntimas de la pareja).
Cuando se le detuvo se le intervino todo ese material en su casa, además de una botella de plástico con un líquido que resultó ser el mismo veneno hallado en la comida.

"En pequeñísimas dosis"

El Guardia Civil condenado presentó un recurso de apelación por considerar que el tribunal había cometido un error cuando apreció "ánimo de matar" porque no habría quedado clara su voluntad de consumación al emplear el veneno en "pequeñísimas dosis sin riesgos para la familia", además de utilizar un compuesto (Brodifacoum) que por su amargor "es difícil que sea consumido de manera accidental" .
Asimismo alega que la sentencia se redactó a espaldas de los resultados "vulnerándose así la presunción de inocencia". También asegura que no podía disponer de los horarios de trabajo de su compañera y su marido para colarse así en su casa y que las relaciones entre ambos eran "normales". Tampoco habría prueba de que accediera a la vivienda desde diciembre de 2015 hasta junio de 2016 y, además, el marido estaba de baja en ese periodo.
Sin embargo el Ministerio Fiscal considera que el acusado tenía "un plan homicida" porque sabía que su acción podía poner en peligro la vida de sus víctimas cuando puso matarratas en su comida y aún así no se detuvo y prolongó su actuación durante meses, "aceptando el resultado que se produjese".
La acusación particular alega que el agente acusado no es experto en toxicología por lo que "no podía calibrar si eran inocuas o no las dosis de veneno que utilizaba". Esto acreditaría su dolo homicida, máxime teniendo en cuenta que una de las víctimas era un niño de tres años y la otra un enfermo bajo tratamiento oncológico y que se introdujo "reiteradamente" en la vivienda de sus víctimas arrojando tóxicos a sus comidas.
Por todo ello la sala ha desestimado el recurso al considerar que se trata de una "tentativa incompleta" y que quedarían probadas la reiteración, planificación y premeditación del condenado en ejecutar un plan "que tenía una finalidad homicida". También entiende que la utilización de pequeñas dosis de veneno obedece al propósito de disimular el envenenamiento que venia intentando y reiterando desde tiempo atrás y que pensaba repetir "hasta la obtención de su propósito homicida".
Tampoco aprecia rastro de vulneración del principio de presunción de inocencia por el "amplio complejo probatorio de cargo" en el que concurrieron múltiples pruebas directas e indiciarias que derivaron en una conclusión incriminatoria "sin lugar a dudas".
En lo que respecta al allanamiento de morada la sala ve poco comprensibles las alegaciones porque por un lado afirma que no está probado que entrara sin permiso en la vivienda y por otro reconoce que había accedido a ella en dos ocasiones.
Así, el TSJCV desestima su recurso, impone al condenado el pago de costas y ratifica la pena de 22 años de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/alicante/2018/05/03/5aeb262e468aeb6c4a8b4599.html

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