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miércoles, 5 de enero de 2022

El Constitucional no avala que se pueda pagar una deuda con sexo oral

 No se juzga si es un contrato exigible, sino si el consentimiento de la mujer fue válido para realizar la práctica





El Constitucional nunca ha avalado que se pueda saldar una deuda con sexo oral, como recogían este lunes algunas informaciones publicadas en medios. Primero, el alto tribunal ha inadmitido un recurso de amparo contra un auto de archivo y sobreseimiento de la Audiencia Provincial de Palma.

No se discutía nada sobre ninguna sentencia, sino sobre un auto de archivo que ponía fin a un proceso penal que se había interpuesto por un supuesto delito de coacciones y agresión sexual.

Sobre los hechos, una mujer denunció que su excuñado le había prestado 15.000 euros. Durante varios meses, y según la investigación judicial, pactaron que la deuda se saldaría voluntariamente con sexo oral. Aparentemente, tras negarse ella a continuar, el varón le reclamó el pago del dinero y fue cuando ella denunció el delito.

La Audiencia Provincial de Palma tampoco avala que se pueda saldar una deuda con sexo oral. Lo que ha dichoes que no hay delito. Y es que no todo lo ilegal, n


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https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/01/04/legal/1641294208_055468.html

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