El General Jefe de la Zona de Andalucía expedientó al agente por “negligencia grave” en el cumplimiento de las obligaciones u órdenes, pero la Justicia ha eximido de culpa al acusado dada la “propia naturaleza de su enfermedad y sus efectos sobre la consciencia”, según refleja la sentencia
La Guardia Civil expedienta a los trabajadores que tienen algún problema de salud en vez de cuidarlos y extremar la atención para que se recuperen. Es lo que ha ocurrido en Huelva. Todo comenzó cuando el anterior Capitán Jefe de una Compañía remitió el parte disciplinario de un agente por no presentarse a un control médico sin que los servicios médicos de la Comandancia dieran cuenta de la falta de asistencia. Desde enero de 2019, al menos, el compañero estaba “afectado por enfermedades que le impedían realizar su actividad con normalidad”, figura en la sentencia de instancia.
Pese a la circunstancia, el Jefe de la Comandancia de Huelva instruyó el expediente y el General Jefe de la Zona de Andalucía impuso una sanción por falta grave contra el Guardia Civil. El motivo fue la “negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones profesionales o de las órdenes recibidas”. Una vez puesto en conocimiento de los servicios jurídicos de la Delegación de Huelva de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, se interpuso un recurso de casación para dejar sin efecto la sanción disciplinaria.
El dictamen de Sala de lo Militar del Tribunal Supremo es contundente: “No puede apreciarse dolo en la conducta del recurrente, pero, a la vista de los antecedentes médico-psiquiátricos del mismo, tampoco puede apreciarse culpa o negligencia alguna en su actuar”, recoge la sentencia. […] “la no presentación en algunos de los controles médicos que debía realizar no puede atribuirse a una falta de cuidado, sino a la propia naturaleza de su enfermedad”, establece el Alto Tribunal. Además, añade que los “propios efectos sobre la consciencia del recurrente permite excluir su responsabilidad a título culposo”. El proceso ha agravado la enfermedad del compañero que está de baja y resulta lamentable las formas de actuar de algunos mandos.
Con esta interpretación la Justicia ha anulado la sanción por falta grave contra el Guardia Civil y ahora la Dirección General deberá devolver al afectado el dinero detraído de sus retribuciones más los intereses legales, eliminando la anotación negativa de su hoja de servicios. “Es muy satisfactorio que el Tribunal Supremo haya coincidido con nosotros en que no existía ningún tipo negligencia en el cumplimiento de las obligaciones”, afirman desde el equipo jurídico de la Delegación de AUGC en Huelva.
Esta sanción es la cuarta de la Comandancia que queda sin efecto en los últimos meses, lo que denota la forma de instruir los expedientes. Como denunciamos reiteradamente, en la Guardia Civil se aplica un excesivo rigor disciplinario de modo injustificado e innecesario y casi siempre afecta al personal de la Escala básica de Cabos y Guardias.
Deberían evitarse estos procedimientos disciplinarios que no se corresponden con la profesionalidad y conducta de los profesionales destinados en la provincia; más en este expediente en el que el Guardia Civil aquejaba una enfermedad y de gravedad. Los mandos tendrían que rendir responsabilidades por este tipo de actuaciones. Una vez más, damos la enhorabuena al equipo jurídico por su labor y agradecemos al compañero la confianza. A los mandos se les tendrían que exigir responsabilidades por este tipo de actuaciones.
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