ASESGC ha planteado que el reglamento contemple la actualización anual del CVE con el aumento presupuestario de los incentivos al rendimiento
La modificación que se ha impulsado desde la Dirección General de la Guardia Civil de la regulación de incentivos al rendimiento pretende dotar de mayor rango normativo esta materia, actualmente regulada por orden general, ante la previsión de que ésta pueda ser anulada por el Tribunal Supremo precisamente por carecer de un rango normativo adecuado, en este caso Real Decreto.
La actual orden general de productividad se encuentra anulada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid y recurrida en casación esta resolución judicial de nulidad ante el Tribunal Supremo (TS) al existir sentencias contradictorias de la misma sala del TSJ de Madrid. Este recurso de casación lo ha presentado la propia Dirección General.
En el caso de que el TS acordara la nulidad de la orden general de productividad por carecer de rango normativo suficiente, la Guardia Civil tendría muchas dificultades para pagar estos incentivos, con perjuicio lógicamente de todos los guardias civiles. De ahí que quiera ir adelantándose al posible fallo judicial, lo cual parece prudente.
Con este objetivo de fondo, la Dirección General de la Guardia Civil se propone hacer un reglamento a través de una orden ministerial regulando las cuestiones generales que no modifican en prácticamente nada la actual regulación o por lo menos no lo hacen de forma sustancial, y dejando para la orden general de desarrollo las cuantías específicas y los detalles más relevantes de la productividad.
¿Es conveniente matizar mucho en una norma de este rango que es mucho más difícil de modificar que una orden general?
Para ASESGC este reglamento tiene que ir un poco más al detalle, pero sin cerrar la puerta a la flexibilidad que permita una gestión más ágil de los incentivos al rendimiento. P.e. introducir nuevos perceptores, modificar porcentajes de cobertura, cuantías de las diferentes modalidades, etc.
Lo más llamativo son las prisas para sacar esta normativa adelante pues la sentencia del TSJ de Madrid se conoce desde hace meses. Así, según se ha explicado, la norma iría a la comisión de normativa del mes de noviembre y pasaría el trámite del pleno del Consejo de la Guardia Civil del día 14 de diciembre.
ASESGC ha planteado una cuestión fundamental; que el reglamento contemple la actualización anual del CVE con el aumento presupuestario de los incentivos al rendimiento. Si todos los años la cantidad asignada a productividad en los Presupuestos Generales del Estado aumenta, debe aumentar también el CVE por empleos que es el que determina la cuantía de la retribución de las productividades estructurales. De esta forma se evitaría congelar las productividades estructurales.
Existen otras cuestiones que a criterio de la asociación de mandos intermedios se deben introducir en el reglamento con más contundencia, como el carácter objetivo de dos tramos de las estructurales y la necesidad de motivación cuando se retira el tramo subjetivo de valoración por el mando. Otro aspecto importante es la retribución de la productividad por actividad extraordinaria cuando se realizan funciones diferentes a las del puesto de trabajo, que a nuestro juicio debe ser retribuida de forma obligatoria.
Los cambios más significativos que opera el reglamento son los siguientes:
- Aumenta del 35% al 50% la productividad percibida en los cursos de duración superior a los tres meses.
- En las sucesiones en el mando por tiempo inferior a un mes se percibirá una productividad por actividad extraordinaria por el tiempo de sucesión.
En definitiva, al margen de estas cuestiones novedosas todo sigue igual, pero a nivel reglamentario y se deja para la orden general la chicha; los potenciales perceptores, los porcentajes de cobertura, los porcentajes sobre el CVE de las diferentes modalidades, etc., circunstancias todas ellas sobre las que ya se ha dicho que no habrá variación alguna. Se trata de cumplir con el rango normativo, pero sin modificar el sistema.
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