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jueves, 7 de marzo de 2024

¿Por qué algunos mandos del Cuerpo no hacen caso al director general de la Guardia Civil?

 

Existe una reserva exclusiva a favor del Mando de Operaciones para regular las funciones y cometidos de los servicios de los comandantes de puesto en la compañía territorial.

• ASESGC eleva una queja al Pleno del Consejo de la Guardia Civil por las regulaciones que se están llevando a cabo a nivel comandancia.








ASESGC ha tramitado una queja a través de la oficina del Consejo de la Guardia Civil sobre la inobservancia de lo establecido en la orden general 25/2023 de compañías y puestos territoriales.

 

En efecto, la disposición final primera de la citada orden del director general del Cuerpo, se establece una reserva regulatoria a favor del Mando de Operaciones sobre las funciones y cometidos de los mandos con funciones directivas (jefes de unidad) en el marco de los servicios en la compañía territorial, así como sobre la dirección, impulso e inspección de los servicios.

 

Esta reserva que se hace a favor del Mando de Operaciones pretende dotar de generalidad la regulación de estas funciones y cometidos para evitar que se utilice a estos mandos con fines espurios

 

Aun así, algunas comandancias están asignando funciones y cometidos a los comandantes de puesto en el marco de la compañía territorial incumpliendo con total impunidad la reserva regulatoria que hace el director general a favor del Mando de Operaciones. Esta reserva se hace precisamente para garantizar el principio de igualdad y sostener las funciones de mando de los jefes de unidad tipo puesto ante la voracidad de las unidades superiores que con la asignación sin control de nuevas funciones y cometidos acaban dejando sin contenido las funciones directivas propias del comandante de puesto en la unidad de la que es responsable, circunstancia que se quiere evitar desde el Mando de Operaciones.

 

Pero no solo eso, después de la entrada en vigor de la orden general 25/2023, las funciones y cometidos asignados a los jefes de unidad en diversas ordenes de servicio no se han revisado, ni se han dejado sin efecto hasta que se regulen desde Madrid estos servicios.

 

Es necesario recordar igualmente, que la orden general 25/2023 declara expresamente el cumplimiento de las orientaciones para el ejercicio del mando por el Comandante de Puesto recogidas en la Circular número 2, de la Dirección Adjunta Operativa, dada en Madrid a 28 de febrero de 2012.

 

ASESGC denunciará en el Pleno del Consejo las unidades donde se está incumpliendo esta orden y solicitará que se dejen sin efecto, sin perjuicio de denunciar ante los mandos competentes los posibles incumplimientos de ordenes publicadas en el Boletín Oficial del Cuerpo.

 

Resulta paradójico que en una organización jerarquizada como la Guardia Civil las órdenes no lleguen a cumplirse en toda su extensión por los estamentos superiores, cuando ellos exigen el más rígido cumplimiento a los subordinados.



https://lapauta.es/art/2662/por-que-algunos-mandos-del-cuerpo-no-hacen-caso-al-director-general-de-la-guardia-civil

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