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jueves, 16 de mayo de 2024

La Justicia falla a favor de que un guardia civil pueda ser a la vez socorrista

 

El agente realizaba la actividad en sus tiempos libres y no interfería en las misiones oficiales







El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia en la que se autoriza la compatibilidad de la actividad de monitor de socorrismo con la de guardia civil; reconoce esta actividad como las no incluidas dentro de las actividades prohibidas con el ejercicio de los agentes.

La defensa, a cargo de la APROGC, ponía de manifiesto que no se producía menoscabo del estricto cumplimiento de sus funciones y respeto absoluto al horario asignado, debido a la propia naturaleza de la actividad; además, el guardia civil tenía la posibilidad en todo momento de adaptarse a sus tiempos libres, sin ocupar por tanto tiempo de trabajo ni de descanso, así como tampoco superaba la retribución por complemento específico del demandante el límite del 30%.

La abogada encargada del asunto, Vanessa Ruiz, subrayó que la actividad privada de monitor de socorrismo, es perfectamente compatible con la del ejercicio de las funciones de guardia civil. El Tribunal le 


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https://www.larazon.es/espana/justicia-falla-favor-que-guardia-civil-pueda-ser-vez-socorrista_202405166645c6ac69f85800010fdf87.html

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