miércoles, 4 de febrero de 2026

El Supremo deja fuera del castigo penal ciertos excesos verbales para los mandos de la Guardia Civil

 La Sala de lo Militar confirma la absolución de un brigada por un mensaje en un grupo de WhatsApp





Miguel Triviño

El Tribunal Supremo ha acotado el alcance del castigo penal a los mandos de la Guardia Civil al descartar que cualquier exceso verbal pueda considerarse delito. En una sentencia dictada el pasado mes de diciembre, el alto tribunal confirma la absolución de un brigada acusado de abuso de autoridad por injuriar a un subordinado y fija doctrina sobre los límites del reproche penal en este tipo de conductas


Así consta en la resolución de la Sala de lo Militar, que ha consultado El Independiente. El caso se remonta al 26 de mayo de 2022 y tiene su origen en un mensaje enviado por un brigada a un grupo de WhatsApp denominado 'Baza Tráfico', integrado por miembros del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Baza (Granada). Según los hechos probados, el mando escribió en mayúsculas el siguiente mensaje: "No kiero un punto kara dura en este destacamento". A continuación, expulsó del chat a un guardia civil que se encontraba de baja médica


La sentencia recoge que, tras la publicación del mensaje y su expulsión del grupo, el guardia civil afectado "pidió explicaciones al Brigada sobre el insulto mediante privado de WhatsApp", ratificando el superior en esa conversación que la expresión proferida en el grupo iba dirigida a él. El tribunal considera acreditado asimismo que el grupo era utilizado tanto "para transmitir asuntos de servicio, así como para intercambio de mensajes informales entre sus miembros".

El Tribunal Militar Territorial Segundo absolvió al brigada al entender que no concurría


Leer mas


https://www.elindependiente.com/espana/2026/02/04/supremo-deja-fuera-castigo-penal-ciertos-excesos-verbales-mandos-guardia-civil/



No hay comentarios:

Publicar un comentario