viernes, 6 de febrero de 2026

Nuevo Real Decreto sobre la gestión de las bajas médicas en la Guardia Civil

 

El Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero, regula por primera vez de forma íntegra la gestión de las situaciones de incapacidad temporal del personal de la Guardia Civil, estableciendo los procedimientos de tramitación, seguimiento, control sanitario y régimen retributivo durante las bajas médicas.








La norma define los distintos tipos de procesos de baja según su duración, los procedimientos administrativos a seguir, las obligaciones del personal afectado y las competencias de la Sanidad de la Guardia Civil, incluyendo la intervención de los órganos médicos y de psicología.

Entre los aspectos más relevantes del Real Decreto destacan:


  • La prioridad de la tramitación electrónica de los partes de baja, confirmación y alta médica.

  • El establecimiento de plazos concretos de revisión médica según la duración estimada de la baja.

  • El refuerzo del control e inspección sanitaria, con reconocimientos médicos periódicos e informes obligatorios.

  • La regulación específica de las bajas por causas psicológicas o psiquiátricas, con posibilidad de adoptar medidas preventivas.

  • La previsión de adaptaciones del puesto de trabajo o reincorporaciones progresivas cuando sea compatible con la recuperación.

  • La determinación de las retribuciones durante la situación de incapacidad temporal, con especial protección en los supuestos derivados de acto de servicio o embarazo de riesgo.

  • La garantía de la protección de los datos personales y sanitarios, considerados de especial sensibilidad.

 ¿Qué regula?

La gestión completa de las bajas médicas por incapacidad temporal del personal de la Guardia Civil: tramitación, control, seguimiento sanitario, retribuciones y recursos.

 ¿Quién gestiona las bajas?

  • La Sanidad de la Guardia Civil, con apoyo de los órganos de psicología.

  • Médicos del ISFAS, sanidad pública o privada pueden emitir partes, pero la GC puede confirmar, revisar o controlar el proceso.

Tipos de baja según duración

  • Muy corta: 1 a 4 días

  • Corta: 5 a 30 días

  • Media: 31 a 60 días

  • Larga: más de 60 días

Cada tipo tiene plazos distintos de revisión y confirmación médica.

Control e inspección médica

  • Reconocimientos médicos periódicos.

  • Informes obligatorios a partir del primer mes.

  • Informe de control a los 3 meses de baja.

  • Posibilidad de reconocimientos externos.

  • La incomparecencia injustificada puede conllevar alta médica forzosa y responsabilidad disciplinaria.

 Salud mental

  • Las bajas por causas psicológicas o psiquiátricas tienen seguimiento específico.

  • Obligación de comunicar tratamientos psiquiátricos o psicofarmacológicos.

  • Posibilidad de medidas preventivas: retirada de armas, limitación de funciones, etc

Adaptación del puesto

  • Se contempla la reincorporación progresiva o adaptación del puesto si es compatible con la recuperación.

  • Si no es posible, se mantiene la baja.

💶 Retribuciones

  • Se regulan las retribuciones complementarias durante la baja.

  • Protección específica en:

    • Bajas en acto de servicio

    • Embarazo de riesgo

  • Impacto en complementos ligados a destino o residencia temporal.

⚖️ Recursos

  • Las altas médicas y resoluciones pueden recurrirse:

    • Reposición

    • Alzada

    • Vía contencioso-administrativa

Desde UnionGC consideramos esencial que la aplicación de este Real Decreto se realice con pleno respeto a los derechos profesionales y a la salud del personal, evitando interpretaciones restrictivas o prácticas que puedan suponer una presión indebida sobre quienes se encuentran en situación de baja médica.

Realizaremos un seguimiento continuo de su aplicación, informaremos a los socios de cualquier incidencia relevante y prestaremos asesoramiento ante posibles conflictos derivados de altas médicas, controles o medidas adoptadas al amparo de esta norma.

📩 Para cualquier duda o consulta, puedes contactar con la asociación a través de nuestros canales habituales



https://www.uniongc.org/nuevo-real-decreto-sobre-la-gestion-de-las-bajas-medicas-en-la-guardia-civil/





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