PORTADA PRINCIPAL

martes, 22 de septiembre de 2015

Un agente gana en el Tribunal de lo Contencioso un recurso contra la Guardia Civil

La Jefatura fue condenada a pagar unas dietas al guardia, así como a las costas de su abogada


Un agente destinado en la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de San Benito, en La Laguna que se presentó a un servicio, estando en su día libre, con motivo de las elecciones europeas y donde se iba a pagar dietas ha ganado el recurso interpuesto contra la Dirección General de la Guardia Civil después de casi dos años de litigio.

Lo más curioso de esta batalla es que tanto su inmediato superior jerárquico, el comandante Jefe del X Sector de Tráfico de Canarias, así como el general-jefe de la Agrupación denegaban el pago, argumentando que días después de realizar el servicio, que si fue abonado a otros compañeros, un correo electrónico desautorizaba dicho pago.

La letrada del agente, Begoña Fleitas consiguió que la Sala Primera de lo Contencioso condenase a la Dirección General de la Benemérita, ya que el correo electrónico no estaba en autos, ni tampoco es fuente de Derecho. En este caso, una simple dieta que apenas llegaba a los 115 euros, se ha visto incrementada hasta los 300 euros más los intereses correspondientes y las costas procesales.

El tribunal entendió, que tal y como planteó la abogada del guardia civil Begoña Fleitas había una clara discriminación contra este agente ya que, en un primer momento sus superiores argumentaron que no le iban a abonar las dietas ya que no escoltó las urnas. Sin embargo, el afectado pudo demostrar que otros compañeros suyos que hicieron el mismo servicio que él recibieron el dinero, así como otros tantos que permanecieron en las oficinas y no estuvieron de servicio en la calle.

El magistrado fue especialmente duro en su sentencia contra el abogado del Estado al que afeó que parecía no haberse estudiado el caso, puesto que sus argumentos fueron desestimados por el tribunal.


http://www.laopinion.es/sucesos/201...rso/629369.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario