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martes, 14 de agosto de 2018

ANULAN CONDENA ACUSADO AL NO CONDUCIR COCHE DESOBEDECIÓ ALTO GUARDIA CIVIL

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la multa de 540 euros que un Juzgado de lo Penal de esta ciudad impuso a un hombre por un delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad porque él no era el conductor del vehículo que emprendió la huida cuando la Guardia Civil les dio el alto.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Penal número 5 declaró probado que los hechos ocurrieron el 17 de marzo de 2015, cuando los dos acusados en este caso, en compañía de un tercero que no ha sido localizado, salían de un domicilio ubicado en la pedanía murciana de Llano de Brujas, donde los agentes de la benemérita iban a realizar un registro.
Al verles salir, los agentes les dieron el alto, pero lejos de cumplir esa orden, los tres se metieron en el vehículo y emprendieron la huida, sin que aquellos consiguieran su detención.
La sentencia condenó a cada acusado al pago de una multa de 540 euros, resolución que fue apelada por uno de ellos ante la Audiencia Provincial de Murcia, que ha anulado la sanción que le fue impuesta.
Señala el tribunal que el apelante, como está probado, no era el conductor del turismo, sin que exista material probatorio en la causa para poderle condenar por desobediencia.
Y añade que "existen dudas fundadas de que estuviera a su alcance la posibilidad de detener la marcha del vehículo poniendo fin a la fuga en cumplimiento de lo ordenado por la fuerza actuante".

http://agencias.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=2893103

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