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lunes, 22 de julio de 2019

El juzgado para la expulsión de un guardia del cuartel

Le querían desalojar por tener el domicilio fiscal fuera de Cáceres



El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura da la razón a una guardia civil a quien el Instituto Armado quería desalojar de una de las casas cuartel de la ciudad de Cáceres. 

La Guardia Civil alega que la mujer tiene su domicilio fiscal fuera del término municipal de Cáceres; sin embargo, según las normas del Patronato de viviendas de la Guardia Civil, para expulsar a alguien del cuartel es necesario justificar que este no se ha utilizado como domicilio habitual durante cuatro meses seguidos o durante seis meses alternos en el plazo de un año o que la vivienda no se haya ocupado en los treinta días siguientes de haber quedado a la disposición de la persona en cuestión. 

El TSJEx estima que estos extremos no están acreditados por lo que ordena que se pare el desahucio.

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