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domingo, 17 de noviembre de 2019

Sanción a un guardia civil que recriminó el color de labios de una agente

La mujer estaba realizando una guardia en la Comandancia de Palma cuando su compañero le reprochó que no le saludara


Sanción a un guardia civil que recriminó el color de labios de una agente



J.F.MESTRE

Dos días de pérdida de funciones, con suspensión de empleo y sueldo, es el precio que tendrá que pagar un agente de la Guardia Civil de la Comandancia de Palma, por faltarle al respeto a una compañera que se encontraba desarrollando un servicio de seguridad. El Tribunal Militar le sanciona por haber recriminado a su compañera el tono del color que había utilizado para pintarse los labios durante el servicio, así como que se había puesto unos pendientes que no eran de perlas.
Este incidente ocurrió en la Comandancia de Palma de Mallorca el día 28 de noviembre del año 2018 y la sanción disciplinaria deriva de la denuncia que presentó la agente, que se sintió ofendida por el comentario de su compañero, que pese a que tenía su misma categoría laboral, creía que se trataba de un teniente.
La sentencia explica que ese día la agente femenina tenía servicio de seguridad de dos a diez de la noche. Se colocó en la parte de atrás de la Comandancia. Esa tarde aparecieron por este punto del edificio el agente, acompañado de un cabo y de dos guardias civiles, destinados en distintos grupos de la Guardia Civil. La mujer solo identificó a uno de ellos, por ir vestido con el mono de trabajo propio de su especialidad. Por ello, le realizó el saludo militar.
Según detalla la sentencia, el agente sancionado se dirigió a su compañera y le preguntó si a "él no le saludaba". La mujer afirma que a continuación le dijo que "tú no sabes con quién estás hablando" y después se identificó como un teniente de la Guardia Civil. La reacción de la mujer fue instantánea. Se cuadró, realizó el saludo militar y se presentó con su nombre y apellidos.
Pero lo más grave que ha supuesto la sanción ocurrió a continuación. Según la denuncia que formuló la agente femenina, el agente le recriminó que "ese tono de labios no es reglamentario" y, además, le dijo que "ese pendiente debería ser una perla e ir pegado al lóbulo".
El agente sancionado sostuvo una versión muy distinta de cómo se habían desarrollado los hechos. Dijo que únicamente recriminó a su compañera que saludara solo a uno de los guardias civiles y al resto no. Y que a continuación le aconsejó que "si no sabes con quién hablas, no tendrías que tomarte la confianza que te estás tomando, porque nunca sabes con quién hablas, podrías estar hablando con un teniente". En cualquier caso, el sancionado negó en todo momento que se hubiera presentado como un teniente de la Guardia Civil e insistió en que esta conversación con su compañera se produjo en un ambiente "coloquial y distendido". A la vez, también negó que le recriminara el tono de su pintalabios o hubiera hecho mención a los pendientes que llevaba puestos. El agente aseguró que no tenía ningún tipo de relación personal, ni profesional con la compañera que le denunció, ni tampoco había tenido problemas con ella.
El agente fue sancionado por una falta grave que consiste en cometer una grave desconsideración con los compañeros en el ejercicio de sus funciones. La sanción la estableció el teniente general jefe del Mando de Operaciones de la Guardia Civil, que le impuso una sanción de cinco días al entender que el comentario a la agente femenina había sido grave.
El guardia civil, sin embargo, no se conformó ante la sanción y presentó un recurso, en un intento de que creyeran que no había menospreciado a ninguna compañera. El Tribunal Militar, que ha analizado el recurso, únicamente hace caso al agente sobre el asunto de su posible identificación como teniente. La sentencia indica que existen dudas sobre si hizo o no este comentario, si bien también señala que la agente femenina sí pudo interpretar que la persona que le estaba dedicando aquella desconsideración era un teniente. Al asumir solo una parte del recurso, el Tribunal Militar rebaja la sanción impuesta, y la limita a una suspensión de funciones de dos días.

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