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martes, 19 de noviembre de 2019

Sancionado un cabo de la Guardia Civil por incumplir una orden en un caso de maltrato

El Tribunal Militar Central considera una actitud negligente en el agente destinado en Huelva en la protección de una víctima


Hilera de guardias civiles.



El Tribunal Militar Central ha sancionado a un cabo de la Guardia Civil destinado en la provincia de Huelva por lo que considera una actitud negligente en la protección de una víctima de violencia machista desobedeciendo una orden directa de su mando directo. En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Tribunal desestima el recurso presentado por dicho agente, un cabo, contra la resolución del Director General de la Guardia Civil de febrero de 2018 que le impuso la sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones por “negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones profesionales o de las órdenes recibidas”.
Se considera probado que sobre las 10:00 del día 8 de junio de 2017, se personó en dependencias de la Guardia Civil una mujer de origen marroquí para denunciar una situación de violencia física y psíquica habitual en el marco de la violencia de género. Manifestó que dos días antes había sufrido agresiones por parte de su pareja con la que convivía y con la que tenía un hijo en común de 2 años y señaló que al decirle a su pareja que le iba a denunciar le amenazó con cortarle la cabeza y llevarla al cuartel. La mujer fue asistida en el centro de salud, donde el médico de servicio de guardia halló indicios de violación y recomendó su derivación hospitalaria.
Tras esto se acordó activar el protocolo judicial correspondiente para la exploración forense a víctima de delitos contra la libertad sexual y el mando ordenó al cabo el traslado de la víctima al hospital para que fuera reconocida por un médico forense, y que finalizado dicho reconocimiento la acompañara al puesto principal para la recogida de la denuncia y posterior instrucción de diligencias.
Pasadas las 14:45, una vez de regreso del hospital la mujer le dijo al cabo que necesitaba pasar por su domicilio, distante unos 100 metros del acuartelamiento, para atender a sus hijos menores, intentando apearse del vehículo, y que a continuación se dirigiría a la mayor brevedad al puesto para formalizar la denuncia. El cabo lo permitió, permaneciendo hasta que entró en su casa, sin adoptar ninguna medida para garantizar la seguridad de la víctima una vez que hubiera accedido al domicilio, y sin conocer dónde se encontraba el presunto agresor. La víctima hizo acto de presencia cuatro horas y media más tarde y el presunto agresor fue detenido horas más tarde.
El Tribunal Militar Central dice que en este supuesto la gravedad de la negligencia viene determinada por el incumplimiento de la orden dada y de sus obligaciones profesionales en la protección de una víctima de violencia de género, conducta negligente que puso en peligro, no solo a la propia víctima, sino a los hijos menores de esta, al no encontrarse detenido el presunto autor del maltrato.

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