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miércoles, 13 de mayo de 2020

La Audiencia de Tarragona absuelve a cuatro mossos acusados de torturas

Tarragona, 13 may (EFE).- La Audiencia de Tarragona ha absuelto a cuatro mossos acusados de torturas por falta de prueba de cargo, ya que el denunciante no les identificó en rueda de reconocimiento ni aportó un supuesto testigo, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.


Los hechos juzgados se remontan al 21 de julio del 2010, tras un robo cometido a finales de junio en el domicilio de una pareja de agentes de la policía autonómica en Torredembarra (Tarragona), de donde se llevaron una placa policial y la llave de un armero.
El denunciante relató que dos de los agentes le citaron con un pretexto y, una vez en el coche de ellos, le llevaron a un descampado donde, al cabo de poco, llegó otro coche con dos agentes más.
Tres de ellos, según su versión, le acosaron, le golpearon, le encañonaron y le amenazaron con arruinarle la vida.
Unas horas después, se fueron y él, lloroso y asustado, se encontró con un amigo llamado Mohamed, a quien contó lo sucedido y que le llevó a casa.
A finales del 2015, el juez cerró la instrucción e imputó a un agente identificado por la víctima en una rueda de reconocimiento un delito de torturas y otro contra la integridad moral.
La sentencia, ya firme, absuelve a los cuatro acusados porque el denunciante erró repetidamente en las ruedas de reconocimiento, no presentaba lesiones físicas ni secuelas psicológicas y tampoco se aportó el testimonio de Mohamed.
Además, reprocha a la abogada de la Generalitat su "doble condición" como letrada de la administración y de los acusados y que proporcionara, a espaldas de sus clientes, información a la División de Asuntos Internos (DIA) de los Mossos d'Esquadra.
A pesar de esta "conculcación del secreto, la confianza y la confidencialidad", de "faltar a su deber de independencia procesal" y de haber "lesionado un derecho fundamental", la sala no anula el juicio como había pedido la defensa.
La sala considera que la DIA, como policía judicial, podía haber accedido igualmente a la información que le había proporcionado la abogada de la Generalitat.
La sentencia señala que "el derecho a la defensa quedó lesionado hasta el punto que reclama la deducción de testimonios de particulares" frente a la abogada de la Generalitat. EFE

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