Sevilla, 3 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la condena de dos años de cárcel que la Audiencia Provincial de Sevilla impuso a un guardia civil por falsificar un mandamiento judicial valiéndose de su condición de funcionario.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Civil y lo Penal desestima el recurso de apelación presentado por D.R.V. contra el fallo dictado el 5 de junio de 2019 por la Sección Séptima de la Audiencia sevillana, que lo condenó por falsedad en documento oficial y lo absolvió de usurpación e intento de estafa.
El tribunal consideró probado que el agente, de la Policía Judicial de Mairena del Aljarafe, confeccionó un documento de entrada y registro que aparentaba proceder del Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla y le estampó un sello escaneado de un original de un juzgado de lo Penal que había recibido como testigo para asistir a un juicio.
El 6 de mayo de 2016, D.R.V. compró "dos chalecos reflectantes y dos carteras portaplacas con el anagrama de la Guardia Civil" que la Policía Nacional halló diez días después, junto al documento falsificado, en un desavío regentado por la esposa de otro acusado que fue absuelto.
La Sala, en cambio, no consideró acreditado que el acusado acudiese a un bar de Sevilla diciendo que era guardia civil ni que utilizase el documento para intentar registrar el local y apoderarse de tabaco de contrabando.
La defensa, que "reconoce de modo expreso que el documento es falso" y que el agente adquirió los chalecos y las carteras portaplacas, basó su recurso en que los compró "para tenerlos por duplicado para la realización de su trabajo" y que no existe prueba de cargo suficiente para condenarlo, entre otros motivos.
El TSJA, en una sentencia fechada el 14 de mayo y facilitada por su oficina de comunicación, rechaza que el documento falso "pudiera haber sido confeccionado por compañeros suyos de la Guardia Civil", ya que "iba dirigido al acusado", por lo que "él lo tuvo en su poder".
Para la Sala, los indicios señalan que "el autor del documento falsificado fue el acusado" y la prueba fue "valorada de forma correcta" por la Audiencia.
En cuanto a los chalecos y portaplacas, el tribunal "no encuentra explicación" a esa "duplicación de placas" porque ya "tiene los propios facilitados por la dirección", a lo que añade que el hecho de hallarse todo en el establecimiento vinculado a otro procesado "indica que no adquirió esos duplicados para tenerlos en su domicilio" ni "para su trabajo".
El TSJA también ratifica la adecuada aplicación de la agravante de prevalimiento por ser un funcionario público, ya que aunque el comportamiento delictivo no se produjo "dentro del estricto cometido de sus funciones", sí "se aprovechó de su posición" y, "de no ser funcionario de la Guardia Civil, no habría tenido a su disposición el sello de dicho organismo".
La defensa también pidió la atenuante de dilación indebida, pero debió hacerlo durante el juicio oral, recuerda el ponente, que agrega que tampoco lo denunció durante la instrucción. EFE
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