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jueves, 15 de abril de 2021

El Defensor de Pueblo reclama a Interior una regulación “exhaustiva y detallada” sobre el uso de pistolas eléctricas

 

La institución pide un mayor control y que se registren en vídeo todas las actuaciones de la policía con estos dispositivos







El Defensor del Pueblo ha hecho una recomendación este miércoles al Ministerio del Interior para que regule de forma “exhaustiva y detallada” el uso, por parte de las Fuerzas de Seguridad, de las pistolas eléctricas, dispositivos conocidos por su nombre comercial, Táser. La institución que dirige en funciones Francisco Fernández Marugán ha reclamado que se establezcan directrices y criterios comunes a todos los cuerpos policiales para la utilización de estos dispositivos, un arma paralizante cuyo uso genera polémica. La Policía Nacional adquirió el año pasado 1.000 unidades. En concreto, Fernández Marugán solicita que los agentes reciban una formación y se establezcan procedimientos de supervisión. Y pide, además, “un mayor control” donde las actuaciones policiales sean grabadas para que se puedan realizar inspecciones.

En junio del año pasado la oficina del Defensor del Pueblo ya había lanzado una advertencia en su informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) sobre la presencia cada vez más generalizada entre el armamento de las Fuerzas de Seguridad de los denominados “dispositivos eléctricos de control”. Ahora, la oficina presidida por Fernández Marugán hace un llamamiento a Interior para que exista “un procedimiento de control y supervisión, que incluya la presentación obligatoria de un informe por cada caso en el que se haya usado la pistola Táser”.

 

Fernández Marugán reclama que la regulación de estas armas de descarga eléctrica contenga “instrucciones minuciosas para su utilización”. En su informe del MNP, el Defensor del Pueblo coincide con el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura para que la utilización de los dispositivos se limite a “los casos en que exista una amenaza real e inminente para la vida o un riesgo de lesión grave”.

La Policía Nacional sigue trabajando en la redacción del protocolo que fijará las condiciones de uso de estos dispositivos por parte de sus agentes. Serán los destinados en las unidades encargadas de Seguridad Ciudadana, responsables de patrullar las calles y, por tanto, las primeras que acuden ante los incidentes, a las que se les facilite en primer lugar estas armas. “Se está formando al personal que tendrá que entrenar a los policías”, indican fuentes de la Dirección General de la Policía. “Los agentes que los usen tienen que superar un curso, ser formados, y todavía estos no han empezado” aclaran. La tenencia de esta pistola está regulada en el artículo 5.1 del Reglamento de Armas, junto con las semiautomáticas y los espráis de defensa. Son de uso exclusivamente policial o militar y no pueden 

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https://elpais.com/espana/2021-04-14/el-defensor-de-pueblo-reclama-a-interior-una-regulacion-exhaustiva-y-detallada-sobre-el-uso-de-pistolas-electricas.html

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