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jueves, 26 de enero de 2023

El 70 % de la Unidad de Seguridad del Centro Penitenciario de Huelva muestra su rechazo ante una orden impartida por los superiores

 

El personal destinado en esta base externa a la Comandancia de la provincia cumple el mandato prestando servicio en la dependencia ante la falta de agentes. La asignación de la tarea por parte de los jefes infringe la normativa de la Dirección General de la Guardia Civil y la queja presentada por los componentes es prácticamente generalizada









La Unidad de Seguridad del Centro Penitenciario de Huelva ha presentado una queja casi generalizada contra una orden de los Jefes. El 70 % de la plantilla, a través de 40 escritos, ha reprochado la indebida obligación de realizar servicios de protección en la Comandancia de la provincia. Es una tarea que se les asignó por falta de personal, pero no debería entrar entre sus funciones porque se trata de una Unidad no alojada en la Comandancia, su base está en el Centro Penitenciario.

Esta decisión tomada por los superiores no responde a una situación ni extraordinaria ni urgente, ya que en la orden se especificaba expresamente el envío de personal destinado en el Centro Penitenciario es para cubrir las necesidades de personal en la Comandancia de Huelva.

Ante el incumplimiento de la normativa dictada por la propia Dirección General de la Guardia Civil, la Asociación Unificada de Guardias Civiles ha apoyado a los efectivos de la Unidad de Seguridad del Centro Penitenciario elaborando la forma de la peticiónpresentando los escritos a la misma Dirección General y al Director de la Prisión, y preparando al equipo jurídico de la Delegación. Actualmente permanecemos a la espera de contestación por si hay que elevar el caso ante la Justicia mediante la interposición de recursos.

Sin las formaciones específicas, sin evaluación de riesgos laborales y sin vestuarios en la Comandancia

Los agentes señalan en las quejas que su destino no es el Núcleo de Servicios, que no se les han impartido conocimientos sobre la normativa de régimen interior de seguridad de la Comandancia y que tampoco ha habido formaciones para aplicar el sistema de registro de pertenencias a través de rayos X.

Por si no fuera suficiente, tienen que trasladarse en solitario desde la Ribera hasta la Comandancia de Huelva dentro de un furgón para presos. Esto supone un riesgo sobre todo en horarios nocturnos y ni tan siquiera se han evaluado los riesgos laborales que conlleva el cambio de unidad para estos servicios. Hay que añadir a algunos compañeros se les están enviando a la Comandancia directamente desde sus residencias, lo que implica tener que portar la uniformidad y el arma corta hasta sus domicilios.

Una vez en la Comandancia, la carencia de vestuarios en el interior obliga a los agentes a ir ya vestidos para el servicio desde el momento en el que salen de sus casas. Es un cúmulo de problemáticas que precisa que las Unidades alojadas en la Comandancia de Huelva sean las que colaboren en la seguridad de la misma, que es lo establecido por norma. Otra vez asistimos a la falta de consideración sobre los derechos de los Guardias Civiles y además a los promotores de incumplimientos de este tipo no se les suele pedir responsabilidad.

Existe un precedente en la Comandancia de Cádiz en este sentido. Los Tribunales dictaron una sentencia para que los servicios en esta dependencia provincial las efectuasen obligadamente las Unidades alojadas en el propio edificio. Si no fuera por la Justicia, la citada norma de la Dirección General se cumpliría en función del responsable del momento. Como mencionamos, reviste de especial gravedad cada vez que se comunica el incumplimiento y ningún responsable revierte la situación ni se exigen cuentas a nadie.

La normativa que no cumple la Comandancia de Huelva sin que nadie quiera intervenir

Estas normas indican que:

El Jefe de Acuartelamiento elaborará y actualizará el Libro de Normas de Régimen Interior y el Plan de Seguridad del acuartelamiento teniendo en cuenta la participación de todas las unidades alojadas.

La Orden General Del mando, disciplina y régimen interior de las Unidades establece:

El Jefe de Acuartelamiento elaborará y actualizará el Libro de Normas de Régimen Interior y el Plan de Seguridad del acuartelamiento teniendo en cuenta la participación de todas las unidades alojadas.

Artículo 23. El Libro de Normas de Régimen Interior. Dice:

1. En cada Acuartelamiento del Cuerpo existirá un Libro de Normas de Régimen Interior que tendrá el siguiente contenido mínimo: Que en lo que nos ocupa dice:

f) Servicios internos establecidos por las distintas unidades alojadas.

g) Horario, unidades orgánicas o funcionales participantes y condiciones de prestación del Servicio de Puertas y de otros servicios comunes.

h) Plan de Seguridad del Acuartelamiento.

Art. 23.4: Los guardias civiles deberán conocer el Libro de Normas de Régimen Interior del acuartelamiento en el que tienen su destino o comisión. Para ello, el Jefe del Acuartelamiento trasladará un ejemplar actualizado del mismo a los Jefes de Unidad alojados, quienes, a los referidos efectos, lo pondrán a disposición de los integrantes de la misma y darán a conocer, mediante su colocación en los tablones disponibles, los extremos de mayor interés o de necesario conocimiento u obligado cumplimiento.

Artículo 27.- Otras Guardias de Seguridad.

27.2.- En aquellas Bases o Acuartelamientos que no dispongan de Unidad de Servicios expresamente dedicada a prestar los de Seguridad, o en aquellos casos en que el personal en ella destinado sea insuficiente para cubrir el servicio de Guardia de Seguridad, éste se nombrará, por turno, entre todo el personal, en sus correspondientes empleos, que esté destinado en las UCO alojadas en el establecimiento, o que perteneciendo a UCO,s no alojadas en el establecimiento tenga su residencia en el mismo, con las únicas excepciones del personal que por su destino específico expresamente autorice el Subdirector General de Operaciones.


https://www.augc.org/actualidad/70-unidad-seguridad-centro-penitenciario-huelva-muestra-su-rechazo-orden-impartida-por-superiores_21678_102.html

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