La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a una guardia civil y ha autorizado la compatibilidad de ser entrenadora personal al mismo tiempo que agente del cuerpo. Los magistrados han reconocido que esta actividad no está incluida dentro de las prohibidas con el ejercicio del Instituto Armado pero ha reducido su complemento específico.

