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jueves, 22 de octubre de 2020

El juez anula una sanción a un guardia civil que tocaba en un grupo por supuestas bajas indebidas

 

El Tribunal Militar Central ordena reincorporar a un agente suspendido 14 meses de empleo y sueldo. Estaba de baja psicológica y tocaba la batería





El Tribunal Militar Central ha anulado una sanción de 14 meses de suspensión de empleo y sueldo a un agente de la Guardia Civil destinado en el puesto de Santa María de Guía, que fue castigado por, según la Comandancia y el Ministerio de Defensa, haber estado desarrollando actividades que vulneraban la ley de incompatibilidades y, además, no trabajar «amparándose en una supuesta enfermedad» y prolongar de «forma injustificada» la baja médica.

Los hechos se retrotraen a julio de 2018, cuando este agente, que fue defendido en este procedimiento por el abogado Eduardo López Mendoza, resultó sancionado con un año de empleo y sueldo con la imposibilidad de obtener destino en el Puesto de –Santa María de Guía, donde residía– por dos años por una falta muy grave relacionada con la vulneración de las normas de incompatibilidades, además de otros dos meses de suspensión por haberse cogido una baja médica de forma indebida.

Según la sentencia, el guardia formaba parte de un grupo de rock llamado 'La banda del garaje' y tocaba la batería en el mismo desde, al menos, el año 2015 aunque le fue concedida la compatibilidad a partir del 21 de junio de 2017. El problema para este agente llegó cuando la Guardia Civil determinó que había llevado a cabo cuatro actuaciones mientras estaba de baja médica por motivos psicológicos y esto generó una merma de efectivos en el cuartel de Guía, según la resolución firmada en primera instancia por el director general de la Guardia Civil.

Posteriormente, la ministra de Defensa en diciembre de 2018, tras el recurso de alzada interpuesto por el agente, realizó una síntesis de los hechos probados que, en resumen, detallaba que el agente había participado en los conciertos con su grupo en abril y mayo de 2016 sin tener aún aceptada la compatibilidad para ejercer dicha actividad y además, con posterioridad a su autorización, volvió a tocar la batería en cuatro ocasiones más en agosto, septiembre y octubre de 2017 cuando estaba de baja psicológica desde enero del mismo año 2017.

Pero ahora, el Tribunal Militar Central al realizar un análisis exhaustivo del asunto determinó, en primer lugar, que el guardia civil no recibía contraprestación económica alguna en su actividad como batería de un grupo de rock sino que la misma se trataba de un simple hobbie, por lo que no precisaba de una autorización expresa en el marco de las normas de compatibilidades. Aún así, la sentencia aplica la retroactividad a la resolución que le concedía dicha compatibilidad.

Además, el órgano juzgador detalló que estaba probado que el hecho de tocar en un grupo implicara empeoramiento alguno de su enfermedad o circunstancia de la que deducir que, con tal actividad, estaba ampliando indebidamente las circunstancias que justificaban las bajas. Es más, incide el fallo, quedó probado que «en el caso de aquellas bajas cuya base era de tipo alteraciones psicológicas, la realización de actividades de tipo musical era beneficiosa para la recuperación de la salud», determina la resolución firmada por el auditor presidente consejero general togado, Carlos Melón Muñoz.

Respecto a la veracidad de la baja médica, el fallo considera que la administración no hace ninguna afirmación «de la que deducir que el Guardia Civil [...] no se encontrara realmente enfermo o hubiera realizado hechos dirigidos a prolongar injustificadamente su situación médica. No se establece ninguna conexión entre el tocar la batería en una actuación de un grupo musical y las bajas que sufría».

Por otra parte, en lo que respecta a la sanción disciplinaria relativa a las bajas médicas, la misma «no se funda ni en peritaje ni en la manifestación testifical» del comandante enfermero que llevó el caso.

Por consiguiente, el Tribunal Militar Central determina 


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