Con motivo de la Sentencia número 573/2019, de fecha 28/04/2021, dictada
por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta,
se va a proceder al abono de las cuantías correspondientes a la diferencia
entre las cantidades de productividad estructural percibidas y las que
corresponde percibir en virtud de la mencionada sentencia, en base al incremento
experimentado por el complemento de destino según las diferentes Leyes de
Presupuestos Generales del Estado desde 2017 a 2021.

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